La forma republicana de gobierno, reflejada en la Constitución de 1811, fue
adoptada en el nacimiento de nuestro país, también en la incorporación a la
Gran Colombia, como esfuerzo en la búsqueda de una nación latinoamericana, y
luego en 1830, cuando nació políticamente lo que hoy es Venezuela.
Los Estados Unidos de Venezuela se fundaron en 1864 por iniciativa civil y
militar en los personajes promotores y vencedores de la Guerra Federal. Esto
ocurrió bajo la presidencia del mariscal Juan Crisóstomo Falcón, líder militar
de dicha guerra, y Antonio Guzmán Blanco, líder del partido Liberal de la
época. Venezuela fue el segundo país en adoptarla como forma de gobierno.
La idea del federalismo fue la organización del poder creada para
Estados Unidos de Norteamérica desde su nacimiento en 1776; fue adoptada por
Venezuela en 1864, por Brasil en 1889 y por México en 1917.
El federalismo en esencia no es más que compartir el poder del Estado
central con los Estados federados, es decir, asociados en federación, y que
delegan en el Gobierno federal o central algunas actividades comunes, como
pueden ser la defensa nacional, la interpretación de la ejecución de las leyes
constitucionales, la preparación de esas leyes federales, las relaciones
internacionales, la ejecución de políticas federales referentes a educación y
salud, actividades económicas e impuestos.
Queda entonces a nivel de los Estados su participación en el poder
legislativo federal a través de sus representantes en el Senado y de cada
colegio electoral en la Cámara de Diputados, así como la elaboración de leyes y
reglamentos locales en sus asambleas estatales respectivas, la aplicación y
control de las leyes federales y estatales en su jurisdicción por el poder
judicial regional, y al ejecutivo regional le corresponde básicamente la
seguridad y defensa de su Estado o región, a través de las policías locales y
la guardia nacional correspondiente.
Ello permite que las particularidades regionales de cada Estado federado
tengan su propio perfil y su propia cultura ejecutiva, legislativa y judicial,
la cual refleje los usos y costumbres de su población, de acuerdo a sus
necesidades y forma propia de resolución de problemas.
Así se resuelve en gran medida el problema del regionalismo separatista, y
permite la especialización regional de acuerdo a los recursos de cada estado.
Es la creación de un nuevo estado federal, más justo, más auténtico, en el
cual la voluntad popular se ejerce en distintos niveles y permite tomar en
cuenta la particularidad de cada quien, creando además instituciones fuertes
precisamente porque el poder no descansa en una sola institución y menos aún en
una sola persona.
La experiencia federal venezolana permitió la acumulación de riqueza
nacional y la minimización de la pobreza a lo largo de todo su desarrollo, con
tasas de crecimiento sostenido del 2 al 4% anual del producto interno bruto,
básicamente agrícola y pecuario, y más grande aún al final del pedido a
principios de los 50 con tasas del 7 y el 8%.
En la Constitución de 1947, bajo el mando de la Junta Revolucionaria de
Gobierno, se cercenan algunos de los derechos estatales, y en la de 1953, bajo
el gobierno del general Marcos Pérez Jiménez, se abandona definitivamente tanto
el nombre de Estados Unidos de Venezuela como la forma federal de gobierno para
ir a una forma republicana centralista.
Esa constitución de alguna manera es reflejada tanto en la del 1862
como en la del 1999, aumentando el centralismo a sus límites, y en la práctica,
a esta fecha, el poder central ha asumido básicamente la mayoría de las
facultades y obligaciones de las autoridades regionales, de derecho que además
de hecho, bueno, aquellas en que se han resistido las autoridades regionales,
se les han designado “protectores”, figuras creadas por el régimen para manejar
el gasto presupuestario que debiera corresponder al ejecutivo elegido en cada
estado, cuando no son de su propia tolda, coartando así la libertad regional.
Eso es lo que creemos que debemos cambiar.
Devolverle autonomía a la región, al estado y al municipio, mediante la
descentralización del poder al ser compartido a todos los niveles, empodera
realmente el voto ciudadano al permitirle juzgar sobre las promesas y conductas
de la clase política a nivel local.
Esa es la premisa básica de la forma de gobierno que desea María Corina
Machado para este país, después de largos estudios y asesoramiento por parte de
legisladores y expertos en las ventajas y defectos de cada forma de gobierno.
La materialización de ese deseo se está produciendo en la medida en que
estamos llevando a consulta el programa de gobierno Venezuela Tierra de Gracia
a niveles regionales, municipales y parroquiales, como instrumento para la
administración y competencia de cada nivel.
Eso es empoderar a las administraciones regionales, municipales y
parroquiales, pues no solamente se les está dando la responsabilidad de la
ejecución del programa en su ámbito, sino además la autoridad suficiente para
realmente ejercerla.
Parodiando el juramento del servidor público, si así lo hacen, Dios y la
patria se lo premiarán y si no, el voto local se lo reclamará.
Ese es el funcionamiento que pronto veremos del gobierno en nuestro país.
Y con esa idea es que vamos HASTA EL FINAL.
PORQUE VAMOS HASTA EL FINAL